Es un producto dirigido a personas mayores de 65 años y personas dependientes con el que se posibilita convertir a dinero el valor patrimonial que supone la propiedad de su vivienda, sin perder en ningún caso la titularidad de la misma.
Se trataría de un préstamo que el banco entrega al propietario de la vivienda pudiendo éste hacer disposiciones periódicas hasta un importe máximo determinado por un porcentaje de la tasación de la vivienda.
Debe ser concedido por una entidad de crédito o una aseguradora.
El importe del crédito a recibir dependerá del valor de la tasación, de la edad de la persona que suscribe la hipoteca y de la forma de recepción del capital suscrito.
Una vez fallecido el deudor hipotecario o el último beneficiario, corresponde a losherederos liquidar la situación con la entidad de crédito.
Carlos Ibáñez.
Economista.
Gerente de Naguspea S.L